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El procedimiento de cobro de deudas en Togo comienza con el análisis de los indicadores financieros del deudor, su área de actividad, el historial de la empresa, la disponibilidad de pruebas documentales de la deuda, los casos judiciales y procedimientos de ejecución en curso y la posibilidad de impugnar la deuda. Este análisis conforma la estrategia que se utilizará para recuperar la deuda.
Si el deudor no tiene causas judiciales en curso ni sentencias pendientes sobre el cobro de la deuda y se dedica activamente a su negocio, es aconsejable pasar a la fase de cobro extrajudicial informal de la deuda.
Esta etapa implica negociaciones activas con el deudor para llegar a un acuerdo de pago de los créditos del acreedor u otras posibles opciones de solución (por ejemplo, devolución de bienes, transferencia de la deuda a un tercero, intercambio de servicios o bienes).
El contacto con el deudor comienza inmediatamente después del envío de la notificación por correo postal, correo electrónico, teléfono o mensajero. Este proceso implica una comunicación intensiva con el deudor para ejercer una presión constante. La tarea principal es establecer contacto con los tomadores de decisiones clave para lograr un rápido pago de la deuda.
El plazo medio para el cobro extrajudicial informal es de hasta 60 días (a menos que se acuerde el pago a plazos). Si esta fase no da los resultados esperados, o tras un análisis inicial queda claro que no procede, es necesario proceder al cobro de la deuda por vía judicial.
La República de Togo es miembro de OHADA (Organización para la Armonización del Derecho Comercial en África), que incluye nueve Actos Jurídicos Uniformes aprobados que están sujetos a aplicación por todos los países miembros de la organización mencionada. Por lo tanto, los procedimientos de cobro judicial de deudas, ejecución y quiebra se regulan principalmente por las disposiciones de las Leyes Uniformes pertinentes.
Antes de iniciar acciones legales, debe prestar atención al plazo de prescripción. El plazo de prescripción general según la legislación nacional togolesa es de 30 años. Según las disposiciones de la ley comercial general OHADA, las obligaciones derivadas de transacciones comerciales entre comerciantes o entre comerciantes y no comerciantes terminan al cabo de cinco años. Las consecuencias de la expiración del plazo de prescripción se aplican en los tribunales de primera instancia y de apelación únicamente a petición del deudor. El plazo de prescripción se interrumpe con el reconocimiento por parte del deudor de los créditos del acreedor. Después de la interrupción, el plazo de prescripción comienza a contar nuevamente. El plazo de prescripción podrá abreviarse o ampliarse por acuerdo de las partes. Sin embargo, no puede reducirse a menos de un año y aumentarse a más de diez años. Las partes también podrán, de común acuerdo, complementar la lista de motivos de suspensión e interrupción de la prescripción.
El cobro judicial de la deuda en la República de Togo se realiza a través del proceso judicial normal y la emisión de una orden de pago.
El proceso judicial normal comienza con la presentación de una solicitud ante el secretario del tribunal. El secretario del tribunal comprueba la solicitud y, si no hay comentarios, pide al demandante que deposite la cantidad necesaria para cubrir las costas judiciales y le entrega un recibo con el número de caso que figura en el registro. Una vez pagadas las costas judiciales, el Secretario judicial expedirá la citación y dispondrá su entrega al demandado.
El plazo para la comparecencia del demandado ante el tribunal es de ocho días a partir de la fecha de recepción de la citación, siempre que el demandado se encuentre dentro de la jurisdicción territorial del tribunal. Si el demandado se encuentra en otro lugar, el plazo se amplía en los siguientes plazos: dos semanas para las personas que residan en otras prefecturas del país; un mes para las personas que residan fuera de Togo en un Estado al que haya vuelos regulares con escala en Togo; dos meses para las personas que residan fuera de Togo en un Estado en el que no haya enlace aéreo directo con Togo.
Si el demandado no comparece, podrá ser citado nuevamente por iniciativa del demandante o por decisión del juez, si la citación no fue notificada personalmente. Si el acusado no vuelve a comparecer, el caso se considera en cuanto al fondo. El juez satisface las demandas sólo si cumplen con las normas de derecho, son admisibles y están justificadas.
El día señalado para la comparecencia, las partes deberán comparecer personalmente o por medio de representante. El tribunal escucha a las partes y si considera que el caso no requiere medidas adicionales para esclarecer los hechos, programa una audiencia. Si se requieren medidas adicionales para esclarecer los hechos del caso, el tribunal las designará a petición conjunta de las partes o por propia iniciativa. En el curso de las medidas adicionales, las partes intercambian documentos, el tribunal interroga a los testigos, designa un perito, solicita pruebas a terceros y resuelve otras cuestiones procesales. Una vez cumplidas estas diligencias, el secretario notifica los informes a las partes y las convoca a una audiencia judicial, cuya fecha fija el presidente del tribunal. Si luego de comparecer el imputado no completa las actuaciones procesales dentro de los plazos establecidos, el juez decide sobre el fondo con base en los materiales disponibles.
Durante la vista, el tribunal evalúa las pruebas reunidas y escucha a las partes. Cuando el tribunal considera que ha tenido suficiente información, el presidente del tribunal declara cerrada la vista y escucha los argumentos o comentarios de las partes en defensa de sus posiciones. A continuación, el tribunal toma una decisión definitiva.
El proceso para emitir una orden de pago se rige por la Ley de Liquidación de Deudas de OHADA y se utiliza para cobrar deudas asociadas con contratos, pagarés negociables o cheques. Para iniciarlo, el acreedor deberá solicitar ante el tribunal una orden de pago, adjuntando documentos que acrediten la deuda. Si el tribunal reconoce total o parcialmente la validez de la solicitud, emite una orden de pago de la cantidad especificada. Si la solicitud es rechazada total o parcialmente, la decisión judicial no es susceptible de recurso. La única opción para un acreedor en tal situación es presentar una reclamación de acuerdo con los procedimientos legales estándar.
Una copia de la solicitud y de la orden de pago deberá entregarse al deudor en un plazo de tres meses; de lo contrario, la orden perderá su validez. Una vez recibidos los documentos, el deudor está obligado a reembolsar la deuda en un plazo de 15 días o a presentar una objeción en el mismo plazo. Si no hay objeciones, la orden de pago se convierte en documento ejecutivo. Si se presenta una objeción, el juez intenta conciliar a las partes. Cuando se logra la reconciliación, se redacta un acta, firmada por las partes, en uno de cuyos ejemplares figura la fórmula ejecutiva. Si la conciliación no es posible, el tribunal revisa inmediatamente el caso y toma una decisión, incluso si el deudor está ausente. Esta sentencia tiene la misma fuerza que una sentencia en un procedimiento contradictorio y sustituye al requerimiento de pago emitido anteriormente.
La decisión del tribunal de primera instancia puede ser apelada ante el tribunal de apelación dentro del mes siguiente a la fecha de adopción de la decisión impugnada. Si el importe en litigio no excede de 500.000 francos, no se admitirá recurso de apelación. La decisión del tribunal de apelación puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo del Togo en un plazo de dos meses a partir de la fecha de adopción de la decisión impugnada. La interposición de un recurso de casación no suspende la ejecución de la resolución impugnada. Sin embargo, el solicitante de un recurso de casación podrá solicitar al Presidente del Tribunal Supremo que suspenda la ejecución si su ejecución puede provocar un daño irreparable. La decisión de suspender la ejecución podrá estar condicionada a la concesión de garantías, cuyas condiciones determinará el Presidente del Tribunal Supremo. La decisión de la Corte Suprema es definitiva y no está sujeta a ulterior apelación.
Una vez que la decisión judicial entre en vigor, el acreedor deberá iniciar un procedimiento de ejecución. Una sentencia puede ejecutarse en un plazo de 30 años. Como parte de la ejecución de una decisión judicial, las reclamaciones del acreedor pueden satisfacerse mediante la incautación y cancelación de fondos de las cuentas del deudor; embargo de bienes muebles e inmuebles del deudor con su posterior venta; arresto y decomiso de valores, arresto y decomiso de los bienes del deudor que se encuentren en posesión de terceros.
Una forma alternativa de cobrar una deuda es iniciar un procedimiento de quiebra contra el deudor. En la República de Togo, este procedimiento está regulado por la Ley Uniforme de Insolvencia de la OHADA. Un acreedor puede iniciar este procedimiento si existen deudas indiscutibles, líquidas y exigibles. Si los activos del deudor son insuficientes para satisfacer todos los créditos de los acreedores, la ley prevé la posibilidad de anular las transacciones realizadas por el deudor con la intención de perjudicar a los acreedores. Tales transacciones realizadas en el período comprendido entre la suspensión de pagos y la apertura del procedimiento de quiebra incluyen: la transferencia gratuita de bienes; las transacciones en las que las obligaciones del deudor superan significativamente las de la otra parte; el reembolso anticipado de deudas que aún no han vencido; la constitución de garantías para deudas contraídas anteriormente; y las transacciones compensatorias si la otra parte conocía la insolvencia financiera del deudor. La anulación de tales transacciones permite la devolución de los bienes o activos perdidos por el deudor, lo que aumenta la masa de liquidación para satisfacer las reclamaciones de los acreedores y cubrir los costes del procedimiento concursal.
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