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El procedimiento de cobro de deudas en Burundi comienza con el análisis de los indicadores financieros del deudor, su área de actividad, el historial de la empresa, la disponibilidad de pruebas documentales de la deuda, los casos judiciales y procedimientos de ejecución en curso y la posibilidad de impugnar la deuda. Este análisis conforma la estrategia que se utilizará para recuperar la deuda.
Si el deudor no tiene causas judiciales en curso ni sentencias pendientes sobre el cobro de la deuda y se dedica activamente a su negocio, es aconsejable pasar a la fase de cobro extrajudicial informal de la deuda.
Esta etapa implica negociaciones activas con el deudor para llegar a un acuerdo de pago de los créditos del acreedor u otras posibles opciones de solución (por ejemplo, devolución de bienes, transferencia de la deuda a un tercero, intercambio de servicios o bienes).
El contacto con el deudor comienza inmediatamente después del envío de la notificación por correo postal, correo electrónico, teléfono o mensajero. Este proceso implica una comunicación intensiva con el deudor para ejercer una presión constante. La tarea principal es establecer contacto con los tomadores de decisiones clave para lograr un rápido pago de la deuda.
El plazo medio para el cobro extrajudicial informal es de hasta 60 días (a menos que se acuerde el pago a plazos). Si esta fase no da los resultados esperados, o tras un análisis inicial queda claro que no procede, es necesario proceder al cobro de la deuda por vía judicial.
Antes de iniciar acciones legales, debe prestar atención al plazo de prescripción. El plazo de prescripción para el cobro de deudas es de 30 años. El plazo de prescripción se interrumpe si el deudor reconoce la deuda por escrito. Después de la interrupción, el plazo de prescripción comienza a contar nuevamente.
El cobro judicial de deudas en Burundi se lleva a cabo de la forma habitual.
El proceso judicial ordinario se inicia mediante la presentación de una petición o solicitud ante el tribunal. Si la petición o solicitud cumple los requisitos procesales, el tribunal emite una citación para emplazar al demandado. El plazo para comparecer ante el tribunal después de recibir la citación es de ocho días y para las personas que se encuentran fuera de Burundi el plazo es de sesenta días.
El presidente del tribunal nombra a un juez de instrucción para conocer del caso, que establece los términos y procedimientos para el intercambio de conclusiones y documentos procesales y el cumplimiento de las obligaciones necesarias.
El día señalado en el orden del día, las partes deberán comparecer personalmente o por medio de sus representantes. Si el demandado no comparece, el tribunal puede examinar el caso unilateralmente u ordenar una segunda citación. Cuando comparecen las partes, el juez escucha los argumentos de las partes y considera las pruebas presentadas. Si en la primera audiencia el tribunal comprende plenamente las circunstancias del caso, puede tomar una decisión de inmediato. En caso contrario, el tribunal continúa la consideración, ordenando actuaciones de investigación.
Durante las acciones de investigación, el tribunal interroga a testigos, nombra peritos, inspecciona objetos, verifica la autenticidad de los documentos, solicita la participación personal de las partes y realiza otras acciones procesales necesarias. Al concluir la investigación, el juez remite el caso a un juicio de fondo, durante el cual se valoran las pruebas recabadas y se lleva a cabo un debate entre las partes. Una vez finalizado el debate, el tribunal toma una decisión inmediatamente o la pospone para su posterior discusión por un período no superior a treinta días.
La decisión del tribunal de primera instancia podrá ser recurrida ante el tribunal de apelación dentro de los treinta días siguientes a la fecha de adopción de la decisión impugnada. El recurso interpuesto en plazo suspende los efectos de la decisión impugnada. La decisión del Tribunal de Apelación puede ser apelada ante el Tribunal Supremo de Burundi en un plazo de sesenta días. El efecto de la decisión de la decisión de apelación podrá suspenderse durante la consideración del recurso si su ejecución puede causar un daño irreparable. La decisión de la Corte Suprema es definitiva y no está sujeta a ulterior apelación.
Una vez que la decisión judicial entre en vigor, el acreedor deberá iniciar un procedimiento de ejecución. La sentencia puede ejecutarse en un plazo de 30 años. Como parte de la ejecución de una decisión judicial, las reclamaciones del acreedor pueden satisfacerse mediante la incautación y cancelación de fondos de las cuentas del deudor; embargo de bienes muebles e inmuebles del deudor con su posterior venta; arresto y confiscación de cultivos; arresto y decomiso de los bienes del deudor, que se encuentren en posesión de terceros.
Una opción alternativa para el cobro de deudas es el procedimiento de quiebra del deudor. Según la ley de quiebras, se considera que un deudor está en quiebra si ha dejado de realizar pagos y su solvencia se ha deteriorado. Como parte de este procedimiento, si los activos del deudor no son suficientes para satisfacer plenamente las reclamaciones de los acreedores, es posible cancelar las transacciones del deudor realizadas desde el momento de la suspensión de pagos hasta la apertura del procedimiento de quiebra. Dichas transacciones deben incluir, en particular 1) todas las transacciones de carácter gratuito; 2) todas las transacciones sobre una base reembolsable, si el valor de las obligaciones asumidas por el deudor supera significativamente el valor de las obligaciones asumidas por su contraparte; 3) todos los pagos por deudas aún no vencidas; 4) todos los pagos de deudas vencidas efectuados en moneda distinta del efectivo o efectos comerciales; 5) todas las prendas constituidas sobre los bienes del deudor por deudas previamente contraídas; 6) todas las transacciones en las que la contraparte tuviera conocimiento de que el deudor había suspendido pagos. Como resultado de la cancelación de las transacciones anteriores, es posible devolver al deudor lo que perdió en dichas transacciones y así aumentar el patrimonio de liquidación para satisfacer las reclamaciones de los acreedores y cubrir los costos del procedimiento de quiebra.
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