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El procedimiento de cobro de deudas en Botsuana comienza con el análisis de los indicadores financieros del deudor, su área de actividad, el historial de la empresa, la disponibilidad de pruebas documentales de la deuda, los casos judiciales y procedimientos de ejecución en curso y la posibilidad de impugnar la deuda. Este análisis conforma la estrategia que se utilizará para recuperar la deuda.
Si el deudor no tiene causas judiciales en curso ni sentencias pendientes sobre el cobro de la deuda y se dedica activamente a su negocio, es aconsejable pasar a la fase de cobro extrajudicial informal de la deuda.
Esta etapa implica negociaciones activas con el deudor para llegar a un acuerdo de pago de los créditos del acreedor u otras posibles opciones de solución (por ejemplo, devolución de bienes, transferencia de la deuda a un tercero, intercambio de servicios o bienes).
El contacto con el deudor comienza inmediatamente después del envío de la notificación por correo postal, correo electrónico, teléfono o mensajero. Este proceso implica una comunicación intensiva con el deudor para ejercer una presión constante. La tarea principal es establecer contacto con los tomadores de decisiones clave para lograr un rápido pago de la deuda.
El plazo medio para el cobro extrajudicial informal es de hasta 60 días (a menos que se acuerde el pago a plazos). Si esta fase no da los resultados esperados, o tras un análisis inicial queda claro que no procede, es necesario proceder al cobro de la deuda por vía judicial.
Antes de iniciar un cobro judicial, conviene prestar atención al plazo de prescripción. El plazo de prescripción para el cobro de deudas basadas en acuerdos verbales es de 3 años. Para las deudas basadas en contratos escritos y letras de cambio, el plazo de prescripción es de seis años. El plazo de prescripción se interrumpe si el deudor reconoce la deuda, hace un pago parcial de la deuda o de los intereses o presta una garantía. Después de la interrupción, el plazo de prescripción comienza a correr de nuevo.
El cobro de deudas en Botswana se lleva a cabo mediante procedimientos judiciales ordinarios y simplificados.
El proceso ordinario se inicia con la presentación de una citación, después de lo cual el secretario del tribunal, si la citación cumple con los requisitos procesales, la registra y dispone que el demandado sea citado al tribunal.
El plazo para comparecer ante el tribunal tras recibir la citación es de 14 a 21 días y depende de la distancia del acusado al tribunal. La comparecencia del acusado se hará constar mediante la cumplimentación y entrega correspondiente de un memorando de comparecencia. Inmediatamente después de que el acusado comparezca para defenderse, el registrador debe remitir el caso al juez.
Si el demandado no registra su comparecencia (sujeto al debido servicio de citación), el registrador puede, a solicitud del demandante, dictar sentencia final contra el demandado por una cantidad que no exceda la cantidad indicada en la demanda, junto con los intereses a la la tasa indicada, y si no se indica la tasa, a una tasa del 10 por ciento anual hasta el momento del pago.
Si el demandado registra su comparecencia, el demandante deberá formular una demanda en forma de declaración y presentarla dentro de los 14 días a partir de la fecha de registro de la comparecencia. A su vez, el demandado deberá presentar una declaración en respuesta a la declaración del demandante dentro de los 14 días siguientes a su recepción. Después de esto, el demandante deberá presentar una respuesta a la declaración del demandado dentro de los 14 días.
Si las reclamaciones del demandante se refieren a una suma fija de dinero o se basan en un instrumento líquido, el demandante puede, junto con la declaración, presentar una moción para que se decida en un procedimiento sumario. La petición debe ir acompañada de una declaración jurada que pueda proporcionar testimonio corroborativo sobre los hechos que respaldan el reclamo y también puede indicar que el acusado no tiene una defensa de buena fe y que la presentación de la declaración de intención de defenderse se realiza únicamente para retrasar el caso. La consideración de la petición deberá tener lugar no antes de 15 días hábiles a partir de la fecha de presentación de la petición. En la vista de la petición, el demandado podrá: (a) dar al demandante una garantía satisfactoria para el secretario judicial por cualquier posible sentencia, incluidas las costas; y (b) convencer al juez mediante declaración jurada o testimonio oral de que tiene una defensa de buena fe en el caso. Si el demandado no presta fianza ni convence al juez, éste podrá conceder el juicio sumario a favor del demandante. En caso contrario, el caso seguirá tramitándose en forma general.
Luego, el tribunal, después del intercambio de documentos procesales, programa una conferencia de gestión del caso, durante la cual las partes y los abogados se reúnen para discutir la naturaleza y la base de sus reclamos y objeciones, y las posibilidades de una solución rápida del reclamo.
Una vez finalizada la conferencia de gestión del caso, el juez programará una audiencia preliminar. En este caso, el demandante deberá iniciar comunicación con el demandado con el objetivo de elaborar un proyecto de orden de audiencia preliminar. El proyecto de orden debe prepararse cuatro días antes de la audiencia preliminar y debe cubrir todas las cuestiones de hecho y de derecho que deben determinarse durante el procedimiento; todos los hechos relevantes que no estén en disputa; los nombres de todos los testigos que serán llamados a testificar; una lista de todas las pruebas que las partes pretenden proporcionar; propuestas para agilizar el juicio y otras cuestiones procesales.
Luego, el tribunal lleva a cabo un juicio y, después de revisar todas las pruebas y las conclusiones de las partes, el tribunal mantiene debates entre las partes y toma una decisión. Si el demandado está ausente durante el juicio, el demandante tiene derecho a presentar pruebas de sus afirmaciones en la medida en que la carga de la prueba recaiga sobre él. La decisión se toma de acuerdo al volumen de pruebas presentadas por el demandante.
Una decisión del Tribunal de Magistrados puede ser apelada ante el Tribunal Superior dentro de los 21 días siguientes a su toma. Una decisión del Tribunal Superior puede ser apelada ante el Tribunal de Apelaciones dentro de las seis semanas siguientes a su toma. La decisión del tribunal de apelación no está sujeta a recurso ulterior.
Una vez que una decisión judicial haya entrado en vigor, el acreedor debe iniciar un procedimiento de ejecución. La decisión judicial podrá ser sometida a ejecución forzosa en el plazo de 30 años. Como parte de la ejecución obligatoria de una decisión judicial, las reclamaciones del acreedor pueden satisfacerse mediante el embargo y la cancelación de fondos de las cuentas del deudor; embargo de los bienes muebles e inmuebles del deudor con su posterior venta; embargo y confiscación de valores; embargo de acciones y participaciones de sociedades; arresto y prisión del deudor.
Una opción alternativa para el cobro de deudas es el procedimiento de quiebra del deudor. El acreedor tiene derecho a iniciar este procedimiento si se cumplen las siguientes condiciones: 1) el monto de la deuda no es inferior a 100 pulas de Botswana, pagadero inmediatamente o en un momento determinado en el futuro; 2) el deudor cometió un acto de quiebra.
De acuerdo con las disposiciones de la ley de quiebras, se consideran actos de quiebra los siguientes: 1) el deudor dispone de cualquiera de sus bienes de tal manera que perjudique a sus acreedores o dé ventaja a un acreedor sobre los demás; 2) concluye o se propone concluir cualquier acuerdo con cualquiera de sus acreedores sobre la liberación total o parcial del deudor de sus deudas; 3) el deudor abandona el territorio de Botswana o se esconde de los acreedores; 4) el deudor no satisface el requisito de la decisión judicial o no indica la disponibilidad de dichos bienes, o si del informe del albacea se desprende que no encontró suficientes bienes líquidos del deudor; 5) el deudor notifica a cualquiera de sus acreedores que ha suspendido o va a suspender el pago de sus deudas, o si ha suspendido efectivamente el pago de sus deudas.
En el procedimiento concursal, si los bienes del deudor son insuficientes para satisfacer íntegramente las reclamaciones de los acreedores, es posible cancelar las operaciones del deudor realizadas con la intención de causar daño a los acreedores. Entre estas transacciones se incluyen, en particular: 1) cualquier enajenación de bienes sin compensación valiosa; 2) cualquier operación en la que la contraparte del deudor sabía que éste se encontraba en estado de quiebra; 3) dar preferencia a un acreedor sobre otros. Como resultado de la cancelación de las acciones y transacciones anteriores, es posible devolver al deudor lo que perdió en dichas transacciones y, debido a esto, aumentar el patrimonio de liquidación para satisfacer las reclamaciones de los acreedores y cubrir los costos de implementación del procedimiento de quiebra.
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