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Cobro de deudas en Chad

El procedimiento de cobro de deudas en Chad comienza con el análisis de los indicadores financieros del deudor, su área de actividad, el historial de la empresa, la disponibilidad de pruebas documentales de la deuda, los casos judiciales y procedimientos de ejecución en curso y la posibilidad de impugnar la deuda. Este análisis conforma la estrategia que se utilizará para recuperar la deuda.

Si el deudor no tiene causas judiciales en curso ni sentencias pendientes sobre el cobro de la deuda y se dedica activamente a su negocio, es aconsejable pasar a la fase de cobro extrajudicial informal de la deuda.

Esta etapa implica negociaciones activas con el deudor para llegar a un acuerdo de pago de los créditos del acreedor u otras posibles opciones de solución (por ejemplo, devolución de bienes, transferencia de la deuda a un tercero, intercambio de servicios o bienes). 

El contacto con el deudor comienza inmediatamente después del envío de la notificación por correo postal, correo electrónico, teléfono o mensajero. Este proceso implica una comunicación intensiva con el deudor para ejercer una presión constante. La tarea principal es establecer contacto con los tomadores de decisiones clave para lograr un rápido pago de la deuda.

El plazo medio para el cobro extrajudicial informal es de hasta 60 días (a menos que se acuerde el pago a plazos). Si esta fase no da los resultados esperados, o tras un análisis inicial queda claro que no procede, es necesario proceder al cobro de la deuda por vía judicial.

La República de Chad es miembro de OHADA (Organización para la Armonización del Derecho Comercial en África), que incluye nueve Actos Jurídicos Uniformes aprobados que están sujetos a aplicación por todos los países miembros de la organización mencionada. Por lo tanto, los procedimientos de cobro judicial de deudas, ejecución y quiebra se regulan principalmente por las disposiciones de las Leyes Uniformes pertinentes.

Antes de iniciar acciones legales, debe prestar atención al plazo de prescripción. El plazo general de prescripción según la legislación nacional de Chad es de 30 años. Según las disposiciones de la ley comercial general OHADA, las obligaciones derivadas de transacciones comerciales entre comerciantes o entre comerciantes y no comerciantes terminan al cabo de cinco años. Las consecuencias de la expiración del plazo de prescripción se aplican en los tribunales de primera instancia y de apelación únicamente a petición del deudor. El plazo de prescripción se interrumpe con el reconocimiento por parte del deudor de los créditos del acreedor. Después de la interrupción, el plazo de prescripción comienza a contar nuevamente. El plazo de prescripción podrá abreviarse o ampliarse por acuerdo de las partes. Sin embargo, no puede reducirse a menos de un año y aumentarse a más de diez años. Las partes también podrán, de común acuerdo, complementar la lista de motivos de suspensión e interrupción de la prescripción.

El cobro judicial de la deuda en la República de Chad se realiza a través del proceso judicial normal y la emisión de una orden de pago.

El proceso judicial habitual comienza con la presentación de una demanda ante el tribunal, tras lo cual el tribunal, si la demanda cumple con los requisitos procesales, emite una citación para citar al demandado. La citación deberá ser notificada al demandado en el plazo de dos meses, de lo contrario perderá su validez. El plazo para que el acusado comparezca ante el tribunal después de recibir una citación es de 15 días si el acusado se encuentra dentro de la jurisdicción territorial del tribunal. Si el demandado se encuentra fuera de la jurisdicción del tribunal o fuera de Chad, el plazo para comparecer se amplía de 15 a 60 días, dependiendo de la distancia.

En la fecha prevista para la audiencia, las partes deberán comparecer personalmente o por medio de sus abogados. Si el imputado no comparece a la audiencia, el tribunal considerará el caso unilateralmente, si hay evidencia de la debida notificación al imputado. Si el imputado comparece, el tribunal escucha las posiciones de las partes y si considera que es necesario tomar medidas preliminares en el caso, decide transferir el caso al juez de instrucción.

Durante las actividades preliminares, el tribunal interroga a los testigos, solicita las pruebas necesarias, las evalúa y ordena un interrogatorio. Una vez finalizadas las diligencias previas, el juez de instrucción decide dar por terminada la averiguación previa y devuelve el caso para su consideración en cuanto al fondo.

En el curso de las actuaciones preliminares, el tribunal interroga a los testigos, solicita las pruebas necesarias y las evalúa, y designa a un perito. Una vez concluidas las actuaciones preliminares, el juez de instrucción decide dar por terminada la investigación preliminar y devuelve el caso para su examen en cuanto al fondo. 

El procedimiento para emitir una orden de pago se rige por la Ley de Liquidación de Deudas de OHADA y se utiliza para cobrar una deuda derivada de un contrato o pagaré negociable y cheque. Para implementar este procedimiento, el acreedor debe presentar una solicitud al tribunal para una orden de pago con documentos que confirmen la deuda. Si, con base en los resultados del examen de los documentos presentados, la solicitud resulta total o parcialmente justificada, el tribunal dicta una orden de pago de la cantidad requerida. Si el tribunal rechaza total o parcialmente la solicitud, su decisión no está sujeta a recurso por parte del acreedor. El único recurso del acreedor en tal caso es presentar una reclamación según el procedimiento normal.

Una copia certificada de la solicitud y del requerimiento de pago deberá ser notificada al deudor en el plazo de tres meses. De lo contrario, la orden de pago no será válida. Una vez recibidos estos documentos, el deudor deberá pagar la deuda dentro de los 15 días o presentar una objeción dentro del mismo plazo. Si el deudor no presenta objeción, la orden de pago adquiere fuerza de documento ejecutivo. Si el deudor presenta una objeción ante el tribunal, el juez intenta reconciliar a las partes. Si se logra la reconciliación, el juez levanta un acta de reconciliación, que es firmada por las partes. Uno de los ejemplares de esta acta contiene la fórmula ejecutiva. Si la conciliación fracasa, el tribunal conoce inmediatamente el caso y resuelve sobre la demanda de cobro, incluso en ausencia del deudor que presentó la objeción. La decisión del tribunal tiene la fuerza de una decisión adoptada tras un procedimiento contradictorio. La decisión del tribunal tras la oposición sustituye al requerimiento de pago.

La decisión del tribunal de primera instancia podrá ser apelada ante el tribunal de apelación dentro del mes siguiente a la fecha de adopción de la decisión impugnada. El plazo de recurso se prorrogará quince días si el interesado se encuentra fuera de la sede del tribunal de primera instancia y dos meses si se encuentra fuera del territorio del Chad. La decisión del tribunal de apelación puede recurrirse ante el Tribunal Supremo del Chad en el plazo de un mes a partir de la fecha de adopción de la decisión impugnada. El plazo de recurso se amplía mediante la aplicación de las normas a distancia indicadas anteriormente. Durante el plazo de recurso, podrá suspenderse el efecto de la decisión impugnada a petición del interesado si la ejecución de la decisión causare un daño irreparable. La decisión de la Corte Suprema es definitiva y no está sujeta a ulterior apelación.

Una vez que la decisión judicial entre en vigor, el acreedor deberá iniciar un procedimiento de ejecución. Como parte de la ejecución de una decisión judicial, las reclamaciones del acreedor pueden satisfacerse mediante la incautación y cancelación de fondos de las cuentas del deudor; embargo de bienes muebles e inmuebles del deudor con su posterior venta; arresto y decomiso de valores, arresto y decomiso de los bienes del deudor que se encuentren en posesión de terceros.

Una opción alternativa para el cobro de deudas es el procedimiento de quiebra del deudor. Los procedimientos de quiebra en Chad se rigen por las disposiciones de la Ley Uniforme de Insolvencia OHADA. El acreedor tiene derecho a iniciar este procedimiento si la deuda es indiscutible, líquida y exigible. En esta etapa, si los activos del deudor no son suficientes para satisfacer plenamente las reclamaciones de los acreedores, es posible cancelar las transacciones del deudor realizadas con la intención de causar daño a los acreedores. Tales transacciones o acciones realizadas por el deudor durante el período sospechoso desde la fecha de la suspensión de pagos hasta la fecha de la decisión de abrir el procedimiento deben incluir, en particular: todas las transferencias gratuitas de bienes muebles o inmuebles; todos los contratos en los que las obligaciones del deudor exceden significativamente las obligaciones de la otra parte; el reembolso anticipado de deudas; provisión de garantías para deudas contraídas anteriormente; y las transacciones realizadas a título oneroso si la parte que celebró el contrato con el deudor tenía conocimiento de la insolvencia del deudor en el momento de la transacción. Como resultado de la cancelación de las transacciones anteriores, es posible devolver al deudor lo que perdió en dichas transacciones y así aumentar el patrimonio de liquidación para satisfacer las reclamaciones de los acreedores y cubrir los costos de implementación del procedimiento de quiebra.

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20.11.2024
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