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El procedimiento de cobro de deudas en Senegal comienza con el análisis de los indicadores financieros del deudor, su área de actividad, el historial de la empresa, la disponibilidad de pruebas documentales de la deuda, los casos judiciales y procedimientos de ejecución en curso y la posibilidad de impugnar la deuda. Este análisis conforma la estrategia que se utilizará para recuperar la deuda.
Si el deudor no tiene causas judiciales en curso ni sentencias pendientes sobre el cobro de la deuda y se dedica activamente a su negocio, es aconsejable pasar a la fase de cobro extrajudicial informal de la deuda.
Esta etapa implica negociaciones activas con el deudor para llegar a un acuerdo de pago de los créditos del acreedor u otras posibles opciones de solución (por ejemplo, devolución de bienes, transferencia de la deuda a un tercero, intercambio de servicios o bienes).
El contacto con el deudor comienza inmediatamente después del envío de la notificación por correo postal, correo electrónico, teléfono o mensajero. Este proceso implica una comunicación intensiva con el deudor para ejercer una presión constante. La tarea principal es establecer contacto con los tomadores de decisiones clave para lograr un rápido pago de la deuda.
El plazo medio para el cobro extrajudicial informal es de hasta 60 días (a menos que se acuerde el pago a plazos). Si esta fase no da los resultados esperados, o tras un análisis inicial queda claro que no procede, es necesario proceder al cobro de la deuda por vía judicial.
La República de Senegal es miembro de OHADA (Organización para la Armonización del Derecho Comercial en África), que incluye nueve Actos Jurídicos Uniformes aprobados que están sujetos a aplicación por todos los países miembros de la organización mencionada. Por lo tanto, los procedimientos de cobro judicial de deudas, ejecución y quiebra se regulan principalmente por las disposiciones de las Leyes Uniformes pertinentes.
Antes de iniciar acciones legales, debe prestar atención al plazo de prescripción. El plazo general de prescripción según la legislación nacional senegalesa es de 10 años. Según las disposiciones de la ley comercial general OHADA, las obligaciones derivadas de transacciones comerciales entre comerciantes o entre comerciantes y no comerciantes terminan al cabo de cinco años. Las consecuencias de la expiración del plazo de prescripción se aplican en los tribunales de primera instancia y de apelación únicamente a petición del deudor. El plazo de prescripción se interrumpe con el reconocimiento por parte del deudor de los créditos del acreedor. Después de la interrupción, el plazo de prescripción comienza a contar nuevamente. El plazo de prescripción podrá abreviarse o ampliarse por acuerdo de las partes. Sin embargo, no puede reducirse a menos de un año y aumentarse a más de diez años. Las partes también podrán, de común acuerdo, complementar la lista de motivos de suspensión e interrupción de la prescripción.
El cobro judicial de la deuda en la República de Senegal se realiza a través del proceso judicial normal y la emisión de una orden de pago.
El procedimiento judicial habitual comienza con la presentación de una demanda ante el tribunal, tras lo cual el tribunal, si la demanda cumple con los requisitos procesales, emite una citación para citar al demandado en un plazo de dos días. La citación deberá ser notificada al menos ocho días antes de la reunión. Este período aumenta dependiendo de la distancia. Si el deudor se encuentra fuera del territorio de competencia del tribunal, el plazo se aumenta en treinta días; si el deudor se encuentra fuera del territorio de la República del Senegal, el plazo se aumenta de uno a cuatro meses, según la distancia.
El día señalado las partes deberán comparecer personalmente o por medio de sus abogados. Al inicio de una causa y en cualquier estado del procedimiento, el juez podrá, de oficio o a petición de una de las partes, tratar de conciliarlas, tanto en audiencia pública como en su despacho. En caso de reconciliación, el juez, con la participación del secretario, redacta un protocolo con los términos del acuerdo. El protocolo tiene fuerza de documento ejecutivo. No está sujeto a apelación. Si no se llega a la conciliación, el tribunal escucha a las partes e inscribe el caso en la lista general de audiencias. Si el demandado no comparece, el caso se considera en rebeldía.
Una vez incluido el caso en la lista general, las partes intercambian opiniones y documentos sobre el caso e informan al tribunal al respecto. En la audiencia, las partes o sus representantes autorizados tienen derecho a presentar comentarios orales o desarrollar sus opiniones presentadas e incluidas en el caso. El juez también puede tomar las medidas que considere útiles para esclarecer las circunstancias del caso, en particular, ordenar el interrogatorio de testigos o peritos o una visita al lugar. Después de establecer todos los hechos del caso, el tribunal celebra un debate entre las partes y toma una decisión.
El proceso de emisión de una orden de pago se rige por la Ley de Liquidación de Deudas de OHADA y se utiliza para cobrar deudas derivadas de contratos, letras negociables o cheques. Para iniciar el procedimiento, el acreedor presenta al tribunal una solicitud de requerimiento de pago, adjuntando documentos que acrediten la deuda. Si el tribunal considera que la solicitud está total o parcialmente justificada, se dicta una orden de pago de la cantidad especificada. En caso de negativa total o parcial a satisfacer la solicitud, el acreedor no tiene derecho a apelar la decisión, pero puede presentar un reclamo dentro del procedimiento judicial estándar.
Una copia certificada de la solicitud y del requerimiento de pago deberá ser notificada al deudor en el plazo de tres meses. Si no se cumple este requisito, el orden no será válido. Después de recibir los documentos, el deudor está obligado a pagar la deuda o presentar una objeción dentro de los 15 días. Si no se presenta oposición, la orden de pago adquiere fuerza de documento ejecutivo.
Si se presenta una objeción, el juez intentará reconciliar a las partes. Si la reconciliación tiene éxito, se redacta una escritura, firmada por las partes, una de cuyas copias es ejecutiv. Si la conciliación no es posible, el tribunal examina inmediatamente el caso y toma una decisión sobre la reclamación, incluso en ausencia del deudor. Tal decisión equivale a la adoptada en un procedimiento contradictorio y reemplaza un requerimiento de pago emitido previamente.
La decisión del tribunal de primera instancia puede ser apelada ante el tribunal de apelación dentro de los dos meses siguientes a la fecha de adopción de la decisión impugnada. El plazo de recurso se prolonga de uno a cuatro meses en función de la distancia si el solicitante se encuentra fuera de Senegal. El recurso presentado oportunamente suspende los efectos de la decisión apelada. La decisión del tribunal de apelación puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo del Senegal en un plazo de dos meses a partir de la fecha de adopción de la decisión impugnada. El plazo de recurso se amplía mediante la aplicación de las normas a distancia indicadas anteriormente. Durante el plazo de recurso no se suspende el efecto de la decisión impugnada. La decisión de la Corte Suprema es definitiva y no está sujeta a ulterior apelación.
Una vez que la decisión judicial entre en vigor, el acreedor deberá iniciar un procedimiento de ejecución. Una sentencia puede ejecutarse en un plazo de 10 años. Como parte de la ejecución de una decisión judicial, las reclamaciones del acreedor pueden satisfacerse mediante la incautación y cancelación de fondos de las cuentas del deudor; embargo de bienes muebles e inmuebles del deudor con su posterior venta; arresto y decomiso de valores, arresto y decomiso de los bienes del deudor que se encuentren en posesión de terceros.
Un método alternativo de cobro de deudas es iniciar un procedimiento de quiebra para el deudor. En la República de Senegal, este procedimiento se rige por la Ley Uniforme de Insolvencia OHADA. El acreedor tiene derecho a iniciar este procedimiento, siempre que sus créditos sean indiscutibles, ciertos y pagaderos. Si el deudor no tiene activos suficientes para pagar completamente las deudas a los acreedores, es posible cancelar transacciones realizadas con el objetivo de causar daño a los acreedores. Dichas transacciones realizadas durante el período comprendido entre la suspensión de pagos y el inicio del procedimiento concursal incluyen: transferencia gratuita de propiedad, acuerdos con obligaciones claramente desiguales de las partes, reembolso anticipado de deudas que aún no han vencido, provisión de garantía para existentes deudas, así como cualquier transacción en la que la otra parte tuviera conocimiento de la insolvencia financiera del deudor. La anulación de tales transacciones permite la devolución de los bienes del deudor, lo que aumenta la masa concursal utilizada para satisfacer las reclamaciones de los acreedores y cubrir los costes del procedimiento concursal.
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