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El procedimiento de cobro de deudas en Lesoto comienza con el análisis de los indicadores financieros del deudor, su área de actividad, el historial de la empresa, la disponibilidad de pruebas documentales de la deuda, los casos judiciales y procedimientos de ejecución en curso y la posibilidad de impugnar la deuda. Este análisis conforma la estrategia que se utilizará para recuperar la deuda.
Si el deudor no tiene causas judiciales en curso ni sentencias pendientes sobre el cobro de la deuda y se dedica activamente a su negocio, es aconsejable pasar a la fase de cobro extrajudicial informal de la deuda.
Esta etapa implica negociaciones activas con el deudor para llegar a un acuerdo de pago de los créditos del acreedor u otras posibles opciones de solución (por ejemplo, devolución de bienes, transferencia de la deuda a un tercero, intercambio de servicios o bienes).
El contacto con el deudor comienza inmediatamente después del envío de la notificación por correo postal, correo electrónico, teléfono o mensajero. Este proceso implica una comunicación intensiva con el deudor para ejercer una presión constante. La tarea principal es establecer contacto con los tomadores de decisiones clave para lograr un rápido pago de la deuda.
El plazo medio para el cobro extrajudicial informal es de hasta 60 días (a menos que se acuerde el pago a plazos). Si esta fase no da los resultados esperados, o tras un análisis inicial queda claro que no procede, es necesario proceder al cobro de la deuda por vía judicial.
Antes de iniciar un cobro judicial, conviene prestar atención al plazo de prescripción. El plazo de prescripción para el cobro de deudas es de 8 años. El plazo de prescripción se interrumpe si el deudor reconoce la deuda o hace un pago parcial de la deuda o de los intereses de la misma. Después de la interrupción, el plazo de prescripción comienza a correr de nuevo.
El cobro de deudas en Lesotho se lleva a cabo mediante procedimientos judiciales ordinarios y simplificados.
Los procedimientos judiciales ordinarios se inician presentando una solicitud inicial ante el tribunal, tras lo cual el secretario, si la solicitud cumple los requisitos procesales, la registra y emite una citación para que el demandado comparezca ante el tribunal. La solicitud debe ir acompañada de una lista de testigos que serán citados a la audiencia y de todas las pruebas en las que se basa el solicitante.
Tras recibir la citación, el deudor dispone de 7 a 30 días para presentar una notificación de intención de defensa ante el tribunal. El plazo depende de la distancia del demandado a la sede del tribunal. Si el demandado presenta una notificación de intención de defenderse, el secretario remitirá el caso al juez de gestión. En el plazo de catorce días a partir de la recepción de la oposición del deudor, el demandante puede presentar una respuesta a la oposición. Si el solicitante no presenta una respuesta en dicho plazo, se considerará que niega todas las alegaciones de hecho contenidas en la objeción. Si el solicitante proporciona una respuesta, el demandado tiene derecho a presentar una réplica a la respuesta del solicitante.
Si el demandado ha presentado un aviso de intención de defenderse, el demandante puede solicitar al tribunal un juicio sumario sobre cada reclamación establecida en la solicitud original, incluida una reclamación por intereses y costas, siempre que la reclamación: se base en un líquido instrumento y se relaciona con una suma específica de dinero. La declaración del demandante deberá hacerse bajo juramento. El juez administrador debe dar instrucciones para la audiencia de la solicitud de juicio sumario, aunque se puede fijar una fecha de audiencia en la conferencia de planificación del caso. En la audiencia de solicitud de sentencia sumaria, el demandado podrá: prestar garantía al demandante; o convencer al tribunal mediante declaración jurada o testimonio oral de que tiene una defensa válida ante el reclamo. Si el demandado no proporciona la garantía o no logra convencer al tribunal, el tribunal puede dictar una sentencia sumaria a favor del demandante. De lo contrario, el tribunal continuará considerando el caso de conformidad con el plan aprobado.
Una vez que un caso es asignado al juez gerente, éste debe notificar a las partes la fecha y hora de la conferencia de planificación, que debe tener lugar dentro de los 30 días siguientes a la asignación. Independientemente de si las partes proporcionan un plan de gestión del caso antes de la conferencia, el juez en ese evento debe determinar el contenido del plan y aprobarlo en forma de orden judicial.
Una vez finalizada la conferencia de gestión del caso, el juez programará una audiencia preliminar. El demandante está obligado a iniciar la interacción con el demandado para preparar conjuntamente un proyecto de resolución sobre la audiencia preliminar. Este proyecto debe prepararse al menos 4 días antes de la fecha de la audiencia e incluir todas las cuestiones de hecho y de derecho que se considerarán en el procedimiento; hechos que no sean controvertidos por las partes; una lista de testigos cuyo testimonio se prevé escuchar; una lista de pruebas que las partes pretenden presentar; propuestas para optimizar el proceso judicial y otros aspectos procesales.
Luego, el tribunal lleva a cabo un juicio y, después de revisar todas las pruebas y las conclusiones de las partes, el tribunal mantiene debates entre las partes y toma una decisión.
Se puede apelar la decisión de un tribunal local ante el Tribunal Superior dentro de los 21 días siguientes a su toma. La decisión del Tribunal Superior puede apelarse ante el Tribunal de Apelaciones de Lesotho dentro de los 15 días siguientes a la decisión. La decisión del Tribunal de Apelación es definitiva y no está sujeta a apelaciones posteriores.
Una vez que una decisión judicial haya entrado en vigor, el acreedor debe iniciar un procedimiento de ejecución. La decisión judicial podrá ser sometida a ejecución forzosa en el plazo de ocho años. Como parte de la ejecución obligatoria de una decisión judicial, las reclamaciones del acreedor pueden satisfacerse mediante el embargo y la cancelación de fondos de las cuentas del deudor; embargo de los bienes muebles e inmuebles del deudor con su posterior venta; embargo y confiscación de bienes intangibles; confiscación de derechos corporativos de empresas.
Una opción adicional para el cobro de deudas de una empresa es el procedimiento de liquidación. Este procedimiento puede implementarse si el deudor no puede pagar sus deudas o si más del 75 por ciento del capital emitido de la empresa se ha perdido o se ha vuelto inútil para el negocio del deudor. Se considera que una empresa no puede pagar sus deudas si la ejecución de una decisión judicial de cobro de la deuda se ha completado por insatisfecha total o parcialmente; o si se prueba ante el tribunal que la empresa no está en condiciones de pagar sus deudas, teniendo en cuenta los pasivos contingentes y prospectivos de la empresa.
En el procedimiento concursal, si los bienes del deudor son insuficientes para satisfacer íntegramente las reclamaciones de los acreedores, es posible cancelar las operaciones del deudor realizadas con la intención de causar daño a los acreedores. Entre estas operaciones se incluyen las celebradas dentro del año anterior a la apertura del procedimiento de liquidación, en particular: 1) la operación en la que el valor de la remuneración o beneficio recibido por el deudor fue inferior al valor de la remuneración de la parte contraria; 2) una transacción celebrada con una parte relacionada; 3) constitución de garantías para deudas previamente contraídas. La cancelación de tales operaciones permite la devolución de los bienes perdidos por el deudor y un aumento del patrimonio de liquidación, lo que contribuye a una satisfacción más completa de los créditos de los acreedores.
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