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Cobro de deudas en Ghana

El procedimiento de cobro de deudas en Ghana comienza con el análisis de los indicadores financieros del deudor, su área de actividad, el historial de la empresa, la disponibilidad de pruebas documentales de la deuda, los casos judiciales y procedimientos de ejecución en curso y la posibilidad de impugnar la deuda. Este análisis conforma la estrategia que se utilizará para recuperar la deuda.

Si el deudor no tiene causas judiciales en curso ni sentencias pendientes sobre el cobro de la deuda y se dedica activamente a su negocio, es aconsejable pasar a la fase de cobro extrajudicial informal de la deuda.

Esta etapa implica negociaciones activas con el deudor para llegar a un acuerdo de pago de los créditos del acreedor u otras posibles opciones de solución (por ejemplo, devolución de bienes, transferencia de la deuda a un tercero, intercambio de servicios o bienes). 

El contacto con el deudor comienza inmediatamente después del envío de la notificación por correo postal, correo electrónico, teléfono o mensajero. Este proceso implica una comunicación intensiva con el deudor para ejercer una presión constante. La tarea principal es establecer contacto con los tomadores de decisiones clave para lograr un rápido pago de la deuda.

El plazo medio para el cobro extrajudicial informal es de hasta 60 días (a menos que se acuerde el pago a plazos). Si esta fase no da los resultados esperados, o tras un análisis inicial queda claro que no procede, es necesario proceder al cobro de la deuda por vía judicial.

Antes de iniciar acciones legales, debe prestar atención al plazo de prescripción. El plazo de prescripción para el cobro de deudas es de 6 años. El plazo de prescripción se interrumpe si el deudor reconoce la deuda en cualquier documento escrito o realiza el pago parcial de la misma. Después de la interrupción, el plazo de prescripción comienza a contar nuevamente.

La legislación de Ghana prevé el cobro judicial de deudas en procedimientos judiciales ordinarios y sumarios.

Los tribunales de primera instancia son los tribunales de distrito, los tribunales de circunscripción y los tribunales superiores. Los tribunales de distrito están autorizados a conocer de casos con un valor de demanda de hasta 20.000 cedis, los tribunales de circunscripción están autorizados a conocer de casos con un valor de demanda de hasta 50.000 cedis, y los tribunales superiores conocen de casos con un valor de demanda de 50.000 cedis y superior.

Los procedimientos judiciales ordinarios se inician mediante una citación. El demandante deberá exponer brevemente sus pretensiones en la citación y notificarla al registrador. Las demandas del demandante deben contener información suficiente para que el demandado pueda comprender la esencia del reclamo.

Después de recibir una citación, el acusado tiene 8 días para presentar un Aviso de comparecencia.

Si la demanda del demandante contra el demandado se refiere únicamente a una determinada cantidad de dinero y el demandado no ha presentado una solicitud de comparecencia, el demandante podrá, después de la expiración del plazo fijado para la presentación de la moción, solicitar una sentencia definitiva contra el demandado por una cantidad que no exceda de la señalada en la citación, y recuperar las costas judiciales. Si la reclamación del demandante contra el demandado es por una cantidad de dinero no especificada, entonces el demandante, en condiciones similares, puede solicitar una sentencia provisional contra el demandado.

El demandado que haya presentado una notificación de comparecencia y pretenda defenderse deberá presentar un escrito de contestación en el plazo de 14 días a partir de la fecha límite de comparecencia. El escrito de contestación también se notificará al demandante. El demandante que haya recibido la declaración de defensa debe presentar una respuesta dentro de los siete días siguientes a la recepción de dicha declaración.

Cada declaración de una parte debe contener sólo un resumen de los hechos materiales en los que se basa la parte para fundamentar sus reclamaciones o defensa, pero no las pruebas que sustentarán esos hechos. La presentación debe ser tan breve como lo permita la naturaleza del caso. Cualquier declaración de hecho hecha por una parte en su alegato se considerará admitida por la parte contraria a menos que sea refutada en el alegato de esa parte.

Si, como parte de la causa, se ha notificado al demandado un escrito de demanda y éste ha presentado una solicitud de intervención, el demandante puede presentar una notificación ante el tribunal solicitando que se dicte sentencia sumaria sobre la base de que el demandado no tiene defensa frente a las reclamaciones formuladas. Tal reclamación del acreedor debe estar respaldada por una declaración jurada que confirme los hechos en los que se basa la correspondiente reclamación del acreedor. La notificación de la solicitud, una copia de la declaración jurada que respalda la solicitud y cualquier prueba relacionada deben entregarse al demandado al menos cuatro días claros antes de la fecha especificada en la notificación de audiencia de la solicitud. El demandado podrá oponerse a la solicitud mediante la presentación de una declaración jurada o de otro modo a satisfacción del tribunal. Al considerar la solicitud, el tribunal puede fallar a favor del demandante contra el demandado o otorgar al demandado el derecho a defenderse del reclamo del acreedor.

Si no se toma una decisión en la fase inicial del procedimiento, el tribunal lleva a cabo nuevas actuaciones en el caso, durante las cuales las partes revelan documentos y dan acceso a ellos, interrogan a testigos, realizan exámenes periciales y aportan pruebas adicionales. Una vez concluidas estas actividades, el tribunal celebra un debate entre las partes y adopta una decisión. 

La decisión adoptada puede ser apelada en apelación. La decisión del tribunal de distrito puede ser apelada ante el tribunal de circuito. El tribunal de apelación considera las apelaciones sobre las decisiones de los tribunales superiores y de circuito. El Tribunal Supremo de Ghana considera las apelaciones sobre las decisiones del tribunal de apelación. El plazo para presentar una apelación es de 21 días en el caso de una apelación contra una decisión intermedia y de tres meses en el caso de una apelación contra una decisión final.

Una vez que la decisión judicial entre en vigor, el acreedor debe recibir una orden de ejecución e iniciar el procedimiento de ejecución. Se puede emitir una orden de ejecución si no han transcurrido más de 12 años desde que se tomó la decisión. El período de validez del auto de ejecución es de 12 meses y puede ampliarse. Como parte de la ejecución de una decisión judicial, las reclamaciones del acreedor pueden satisfacerse mediante la incautación y cancelación de fondos de las cuentas del deudor; embargo de bienes muebles e inmuebles del deudor con su posterior venta; arresto y confiscación de valores; arresto y confiscación de barcos y aeronaves.

Una opción alternativa para el cobro de deudas es el procedimiento de quiebra del deudor. El acreedor tiene derecho a iniciar este procedimiento si se cumplen las siguientes condiciones: 1) el monto de la deuda no es inferior a 100.000 cedis y el deudor, dentro de los 21 días siguientes a la recepción de la solicitud por escrito del acreedor, no paga el deuda o no ofrece opciones de solución alternativas a la satisfacción razonable del acreedor; o 2) el acreedor ha recibido una decisión del Tribunal Superior, cuya ejecución no ha dado resultados positivos; o 3) se compruebe ante el registrador que la empresa deudora no puede pagar sus deudas. Como parte del procedimiento de quiebra, si los activos del deudor son insuficientes para satisfacer plenamente las reclamaciones de los acreedores, es posible cancelar las transacciones del deudor realizadas con la intención de causar daño a los acreedores. Tales transacciones incluyen, en particular: 1) una prenda flotante sobre la propiedad del deudor, que se constituyó dentro de los 12 meses anteriores al inicio de la liquidación; 2) pago de dinero o transferencia de propiedad dentro de los 21 días anteriores a la presentación de la solicitud de liquidación; 3) enajenación de bienes a un valor reducido o enajenación de bienes sin el propósito de pagar una deuda vencida dentro de los 2 años anteriores a la emisión de la orden de liquidación. Además, los funcionarios del deudor que a sabiendas participaron en cualquier acto fraudulento en el negocio del deudor serán personalmente responsables de las deudas o cualesquiera otras obligaciones de la sociedad que el tribunal ordene. Como resultado de la aplicación de las disposiciones anteriores, es posible devolver al deudor lo que perdió a causa de tales acciones y aumentar así la masa de liquidación para satisfacer las reclamaciones de los acreedores.

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11.12.2024
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