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El procedimiento de cobro de deudas en Angola comienza con el análisis de los indicadores financieros del deudor, su área de actividad, el historial de la empresa, la disponibilidad de pruebas documentales de la deuda, los casos judiciales y procedimientos de ejecución en curso y la posibilidad de impugnar la deuda. Este análisis conforma la estrategia que se utilizará para recuperar la deuda.
Si el deudor no tiene causas judiciales en curso ni sentencias pendientes sobre el cobro de la deuda y se dedica activamente a su negocio, es aconsejable pasar a la fase de cobro extrajudicial informal de la deuda.
Esta etapa implica negociaciones activas con el deudor para llegar a un acuerdo de pago de los créditos del acreedor u otras posibles opciones de solución (por ejemplo, devolución de bienes, transferencia de la deuda a un tercero, intercambio de servicios o bienes).
El contacto con el deudor comienza inmediatamente después del envío de la notificación por correo postal, correo electrónico, teléfono o mensajero. Este proceso implica una comunicación intensiva con el deudor para ejercer una presión constante. La tarea principal es establecer contacto con los tomadores de decisiones clave para lograr un rápido pago de la deuda.
El plazo medio para el cobro extrajudicial informal es de hasta 60 días (a menos que se acuerde el pago a plazos). Si esta fase no da los resultados esperados, o tras un análisis inicial queda claro que no procede, es necesario proceder al cobro de la deuda por vía judicial.
Antes de iniciar un cobro judicial, conviene prestar atención al plazo de prescripción. El plazo general de prescripción es de 20 años. El plazo de prescripción de los pagos recurrentes expira en cinco años. Las partes no tienen derecho a cambiar los términos especificados mediante su acuerdo. Las consecuencias de la prescripción sólo se aplican judicialmente a petición del deudor. La prescripción se interrumpe si el deudor reconoce la deuda. Después de la interrupción, el plazo de prescripción comienza a correr de nuevo.
El cobro judicial de deudas en Angola se lleva a cabo de la forma habitual.
El proceso judicial habitual comienza con la presentación de una demanda ante el tribunal. Si la acción cumple los requisitos procesales, el tribunal registra la acción en el registro judicial y emite una citación para que las partes comparezcan ante el tribunal. En la citación, se advierte al demandado de que la ausencia de contestación a la demanda se considerará como admisión de los hechos expuestos por el demandante.
Después de recibir la citación, el demandado tiene 30 días para presentar una contestación a la demanda. Si el acusado no se opone, nombra abogado o interfiere de alguna manera en el procedimiento, el tribunal revisará la citación para asegurarse de que se emitió de acuerdo con las formalidades legales y ordenará que se vuelva a emitir si encuentra alguna irregularidad. Si el demandado presenta una objeción a la demanda, el demandante tiene derecho a presentar una respuesta a la objeción dentro de los 15 días. A su vez, el demandado tiene derecho a contestar la dúplica en el plazo de 15 días. Si los hechos expuestos en los documentos procesales de las partes no son controvertidos por la parte contraria, se considerarán reconocidos por dicha parte.
Una vez finalizado el intercambio de escritos procesales o vencido el plazo para ello, el tribunal fijará una audiencia preparatoria, que tendrá lugar en el plazo de 20 días. En la audiencia preparatoria, el tribunal intentará conciliar a las partes, discutirá con ellas sus posiciones sobre el caso, determinará los medios de prueba y decidirá sobre la admisión y preparación de medidas probatorias. Si el tribunal considera que no son necesarias medidas de prueba para la correcta resolución del caso, fijará el caso para su examen sobre el fondo.
Concluida la etapa probatoria, el tribunal celebra debates entre las partes y emite una decisión final inmediatamente o dentro de los 30 días.
La decisión del tribunal de primera instancia puede ser apelada ante el tribunal de apelación dentro de los 20 días a partir de la fecha de la decisión. Siempre que se proporcione garantía adecuada, la decisión impugnada podrá suspenderse si puede causar daño irreparable al solicitante. La decisión del Tribunal de Apelación puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo de Angola. El plazo para presentar el recurso es de 15 días a partir de la fecha de la decisión impugnada. La decisión del Tribunal Supremo es definitiva y no está sujeta a recurso alguno.
Una vez que una decisión judicial haya entrado en vigor, el acreedor debe iniciar un procedimiento de ejecución. La ejecución forzosa podrá ser solicitada por decisión judicial en el plazo de veinte años. Como parte de la ejecución obligatoria de una decisión judicial, las reclamaciones del acreedor pueden satisfacerse mediante el embargo y la cancelación de fondos de las cuentas del deudor; embargo de los bienes muebles e inmuebles del deudor con su posterior venta; arresto y confiscación de bienes en posesión de terceros; arresto y venta forzosa de buques marítimos; embargo de valores y acciones de sociedades.
Una opción alternativa para el cobro de deudas es el procedimiento de quiebra del deudor. La quiebra del deudor puede declararse si: 1) el deudor suspende el cumplimiento de sus obligaciones, cuyo vencimiento para su cumplimiento ha llegado; 2) en caso de cobro de cierta suma de dinero, el deudor no paga, no la deposita o no aporta bienes suficientes para el embargo dentro del plazo establecido por la ley; 3) el deudor realiza cualquiera de las siguientes acciones, a menos que dichas acciones sean parte de un plan de recuperación judicial: a) liquida apresuradamente sus activos o utiliza medios destructivos o fraudulentos para realizar pagos; b) realice o intente realizar una transacción con el propósito de diferir pagos o defraudar a los acreedores simulando una transacción o enajenando parte o la totalidad de sus activos a terceros; c) proporciona o refuerza una garantía a un acreedor por una deuda que ha surgido previamente, sin dejar suficientes activos libres para cubrir la deuda; d) se va sin dejar representante legal y con fondos suficientes para pagar deudas, abandona la empresa o intenta ocultarse; d) no cumple con las obligaciones dentro del plazo establecido en el plan de restablecimiento judicial; e) haya estado en situación de incumplimiento masivo de obligaciones tributarias, de contribuciones y pagos a la seguridad social y de deudas derivadas de contratos de trabajo durante los últimos seis meses.
En el procedimiento concursal, si los bienes del deudor son insuficientes para satisfacer íntegramente las reclamaciones de los acreedores, es posible anular las acciones del deudor realizadas con la intención de causar daño a los acreedores. Tales acciones incluyen, en particular: 1) el pago de deudas aún no contraídas; 2) el pago de deudas pendientes y vencidas efectuado durante los dos años anteriores al inicio del procedimiento de insolvencia en forma distinta a la prevista en el convenio; 3) prestación de garantías para deudas previamente contraídas; 4) la realización de actos gratuitos en los cinco años previos al inicio del procedimiento de insolvencia; 5) la renuncia a una herencia en los cinco años previos al inicio del procedimiento de insolvencia; 6) la venta de una empresa sin el consentimiento expreso o sin el pago total de los créditos de todos los acreedores, si el deudor no tiene bienes suficientes para pagar las deudas; 7) las acciones compensatorias ejercidas por el deudor insolvente dentro del año anterior al inicio del procedimiento concursal, en las que sus obligaciones excedan claramente de las de la otra parte; 8) cualquier tipo de garantía prestada por el deudor insolvente dentro de los cinco años anteriores al inicio del procedimiento de insolvencia, no relacionada con operaciones de interés real para el deudor. Como resultado de la cancelación de las acciones anteriores, es posible devolver al deudor lo que perdió como resultado de tales acciones y, debido a esto, aumentar la masa de liquidación para satisfacer las reclamaciones de los acreedores y cubrir los costos de Implementación del procedimiento de quiebra.
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